El constitucionalismo iberoamericano puede articularse en una gran estirpe que va desde la emancipación a nuestros días y que responde a una influencia inicial y permanente del modelo constitucional estadounidense. Y puede articularse en tres generaciones:

La primera, se inicia con la misma emancipación, recibe la influencia francesa en dos sentidos: una, las constituciones revolucionarias de 1793 a 1795. De otra, la de la Constitución del año VIII (1799) que inspira a Simón Bolívar, desde el discurso de Angostura hasta las constituciones de Venezuela, Bolivia y Colombia.

Esta generación se caracteriza por el republicanismo, el federalismo, el presidencialismo, unos derechos fundamentales que siguen la pauta francesa de 1789 y de la primera enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

Una segunda generación se inicia con la Constitución Mexicana de 1917 e introduce los derechos sociales, fortalece la presidencia de la república, tiende a la centralización del federalismo y consagra el recurso de amparo.

Todos los países iberoamericanos siguen esta senda. Brasil se une a ella en 1889 y tanto los derechos sociales como el amparo se difunden por Europa.

En esta segunda generación también influye la constitución de la Italia fascista.

Una tercera generación atiende a las identidades indígenas iniciadas por la citada Constitución mexicana y que se desarrolla progresivamente hasta afirmar la policulturalidad y polietnicismo del Estado. La vigente Constitución de Bolivia es su máximo y mejor ejemplo.